El primero de noviembre de
2009, entró en vigencia el estatuto de roma en Colombia, luego de una reserva
de varios años, pedida por el gobierno de Andrés Pastrana, por encontrarse en
medio del proceso de paz con la guerrilla de las FARC, este estatuto es la
Convención Internacional que crea la Corte Penal Internacional, corte encargada
de juzgar los delitos cometidos en los conflictos armados, tanto internos, como
internacionales, por lo que la firma y ratificación del estatuto de roma en
Colombia, llenó de esperanzas a muchos ciudadanos y organizaciones sociales
colombianas que buscaban la justicia y el juicio justo a los crímenes de lesa
humanidad.
Luego de dos años de entrar
en vigencia la Corte Penal Internacional en Colombia, sorprende que ningún
delito ocurrido a causa del conflicto armado colombiano, haya sido presentado
ante esta corte internacional, aun cuando la fiscales y jueces de esta corta
hayan visitado a Colombia en muchas ocasiones, invitados por organizaciones
sociales y organizaciones de victimas.
En Colombia se han cometido
delitos dentro del conflicto armado por
parte de todos los grupos, Guerrillas, Paramilitares y el mismo ejército
colombiano, pero estos delitos son juzgados por la justicia ordinaria colombiana
y en algunos casos por la justicia penal militar, alegando que son delitos
ocurridos dentro del servicio militar, generando desconfianza por parte de la
justicia por parte de las organizaciones de victimas y organizaciones
defensoras de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.
Acciones, como el uso
indiscriminado de minas antipersonal y artefactos explosivos improvisados por
parte de los grupos guerrilleros, bombardeos y enfrentamientos armados en zonas
habitadas, persecución y exterminio de grupos indígenas por parte de la
guerrilla y los Paramilitares, así como desplazamiento de estas comunidades, en
muchos casos por el ejército colombiano, son solo algunos de los delitos
cometidos dentro del conflicto armado, delitos que deberían ser juzgados por la
corte penal internacional.
Tampoco podemos olvidar el
reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, las ejecuciones
extrajudiciales a jóvenes (caso “falsos positivos”), violaciones sexuales a
mujeres y niñas ocurridas por diversos actores del conflicto armado, sobre este
último delito, amnistía internacional presento un informe sobre esto, llamando
la atención y alertando sobre la posible impunidad de estos casos y la manera
como la justicia ordinaria colombiana trata estos casos, es sorprendente que la
violación sexual dentro del conflicto armado, sea vista igual como una
violación sexual fuera del conflicto, los dos actos son deplorables y
condenables, pero por darse en circunstancias y contextos diferentes, deben ser
juzgados con criterios distintos.
Hoy tristemente no se
menciona nada de la entrada en vigencia de la Corte Penal Internacional en
Colombia, parece que ni los congresistas que lucharon por la firma y
ratificación del estatuto de roma por parte de Colombia tienen esto en cuenta,
las organizaciones de victimas y las organizaciones defensoras de derechos
humanos siguen luchando porque se haga justicia, sus voces sean escuchadas y
que de una vez por todas se puedan dar garantías de justicia, reparación y no
repetición.
Compartimos con ustedes un informe de Amnistia Internacional sobre violaciones sexuales a mujeres en medio del conflicto armado
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