martes, 1 de noviembre de 2011

Dos años de Corte Penal Internacional en Colombia y no hay denuncias



El primero de noviembre de 2009, entró en vigencia el estatuto de roma en Colombia, luego de una reserva de varios años, pedida por el gobierno de Andrés Pastrana, por encontrarse en medio del proceso de paz con la guerrilla de las FARC, este estatuto es la Convención Internacional que crea la Corte Penal Internacional, corte encargada de juzgar los delitos cometidos en los conflictos armados, tanto internos, como internacionales, por lo que la firma y ratificación del estatuto de roma en Colombia, llenó de esperanzas a muchos ciudadanos y organizaciones sociales colombianas que buscaban la justicia y el juicio justo a los crímenes de lesa humanidad.

Luego de dos años de entrar en vigencia la Corte Penal Internacional en Colombia, sorprende que ningún delito ocurrido a causa del conflicto armado colombiano, haya sido presentado ante esta corte internacional, aun cuando la fiscales y jueces de esta corta hayan visitado a Colombia en muchas ocasiones, invitados por organizaciones sociales y organizaciones de victimas.

En Colombia se han cometido delitos  dentro del conflicto armado por parte de todos los grupos, Guerrillas, Paramilitares y el mismo ejército colombiano, pero estos delitos son juzgados por la justicia ordinaria colombiana y en algunos casos por la justicia penal militar, alegando que son delitos ocurridos dentro del servicio militar, generando desconfianza por parte de la justicia por parte de las organizaciones de victimas y organizaciones defensoras de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario.

Acciones, como el uso indiscriminado de minas antipersonal y artefactos explosivos improvisados por parte de los grupos guerrilleros, bombardeos y enfrentamientos armados en zonas habitadas, persecución y exterminio de grupos indígenas por parte de la guerrilla y los Paramilitares, así como desplazamiento de estas comunidades, en muchos casos por el ejército colombiano, son solo algunos de los delitos cometidos dentro del conflicto armado, delitos que deberían ser juzgados por la corte penal internacional.

Tampoco podemos olvidar el reclutamiento forzado de niños, niñas y adolescentes, las ejecuciones extrajudiciales a jóvenes (caso “falsos positivos”), violaciones sexuales a mujeres y niñas ocurridas por diversos actores del conflicto armado, sobre este último delito, amnistía internacional presento un informe sobre esto, llamando la atención y alertando sobre la posible impunidad de estos casos y la manera como la justicia ordinaria colombiana trata estos casos, es sorprendente que la violación sexual dentro del conflicto armado, sea vista igual como una violación sexual fuera del conflicto, los dos actos son deplorables y condenables, pero por darse en circunstancias y contextos diferentes, deben ser juzgados con criterios distintos.

Hoy tristemente no se menciona nada de la entrada en vigencia de la Corte Penal Internacional en Colombia, parece que ni los congresistas que lucharon por la firma y ratificación del estatuto de roma por parte de Colombia tienen esto en cuenta, las organizaciones de victimas y las organizaciones defensoras de derechos humanos siguen luchando porque se haga justicia, sus voces sean escuchadas y que de una vez por todas se puedan dar garantías de justicia, reparación y no repetición. 

Compartimos con ustedes un informe de Amnistia Internacional sobre violaciones sexuales a mujeres en medio del conflicto armado


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